El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco ordenó suspender la aplicación de la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), conocida en el debate público como la “ley de bosques” impulsada por el oficialismo provincial. La medida cautelar alcanza a la Ley 4005-R y su modificatoria Ley 4152-R, y también a todo acto administrativo derivado de esas normas, hasta que se resuelva la acción de inconstitucionalidad en trámite.
El fallo llegó en un clima caliente: días antes, la Justicia Federal había convalidado el levantamiento parcial de una prohibición general de desmontes en la provincia dentro de la causa conocida como la “Mafia del Desmonte”, y el riesgo de que se reabran pedidos de cambio de uso de suelo volvió a quedar sobre la mesa.
Qué resolvió el STJ y por qué lo hizo ahora
Según la crónica judicial, la cautelar fue dictada el martes 16 de diciembre por mayoría (votaron Iride Grillo, Emilia Valle, Víctor Del Río y Alberto Modi). El tribunal entendió que el “peligro en la demora” ya no era una hipótesis, sino un escenario probable: que, tras el retroceso de una cautelar federal previa, se intenten reactivar trámites bajo la ley cuestionada y eso pueda producir daños irreversibles en el monte nativo.
El STJ encuadró la decisión con el principio precautorio (Ley General del Ambiente 25.675), aplicando un estándar más exigente de prevención cuando está en juego un bien ambiental: no hace falta “certeza total” del daño para frenar, alcanza con plausibilidad del riesgo.
Hubo un voto en disidencia: el juez Néstor Enrique Varela se opuso a suspender toda la norma, argumentando que la propia ley ya contenía una “cautelar” en un área específica (un polígono de revisión) y que la autoridad ambiental nacional había validado técnicamente la actualización con excepciones.
De qué se trata el OTBN y qué estaba en disputa
El OTBN es el mapa legal que define qué parte del bosque nativo queda bajo protección estricta y qué parte puede habilitar usos productivos, según categorías (rojo, amarillo, verde). En abril de 2025, una disposición nacional acreditó la actualización del OTBN chaqueño, exceptuando un polígono en revisión (mencionado en la normativa provincial) y fijó estas superficies por categoría:
- Categoría I (Rojo): 441.952 ha
- Categoría II (Amarillo): 3.049.948 ha
- Categoría III (Verde): 1.126.024 ha
- Total bosque nativo: 4.617.924 ha
En paralelo, organizaciones ambientales y civiles sostienen que la ley provincial (y su modificatoria) serían regresivas en términos de protección, cuestionan el proceso de actualización y advierten falencias de participación pública y consulta a pueblos originarios. La acción de inconstitucionalidad que hoy condiciona todo fue iniciada por Conciencia Solidaria (según FARN, presentada el 29 de julio de 2024) y el STJ habilitó intervenciones tipo amicus curiae en la causa.
Qué cambia desde hoy: “ley suspendida” y un escenario de choque político-ambiental
Con la cautelar vigente, el mensaje es directo: la actualización del OTBN queda en pausa judicial hasta que haya sentencia sobre la constitucionalidad. En los hechos, el STJ busca evitar que el sistema quede “en automático” con permisos y trámites apoyados en una norma bajo cuestionamiento, en un contexto donde la Justicia Federal ya recortó una prohibición general de desmontes y dejó el freno solo para ciertos supuestos vinculados al OTBN anterior y al período investigado.
Desde ahora, con la cautelar del STJ, la actualización del OTBN queda fuera de juego en la práctica: la Provincia no puede aplicar el nuevo ordenamiento ni avanzar con permisos, autorizaciones o trámites administrativos que se apoyen en esas leyes (4005-R y 4152-R), porque el freno alcanza también a los actos derivados.
En concreto, esto congela cualquier intento de reactivar cambios de uso del suelo o habilitaciones vinculadas al OTBN actualizado, obliga a la gestión ambiental a moverse con el esquema que no esté alcanzado por la suspensión y deja al Gobierno provincial y a los sectores productivos en un terreno de máxima incertidumbre: hasta que el tribunal resuelva la inconstitucionalidad, la “ley de bosques” no puede operar como base legal de decisiones nuevas.

