Con un fallo de apenas ocho páginas, la Corte Suprema le dio aire al gobierno de Javier Milei en su intento de abrir el mercado de tierras a capitales extranjeros. Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz repusieron el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la histórica Ley de Tierras, y lo hicieron sin pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto.
El argumento fue estrictamente formal: declararon que el Centro de Excombatientes de Malvinas de La Plata no tenía legitimación para impulsar la causa. Así, dejaron sin efecto el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había mantenido vigente la norma en defensa de la soberanía. Lo que el Senado no pudo aprobar —la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que excluyó la venta de tierras a extranjeros por presión social— lo resolvió la Corte con un tecnicismo.
El trasfondo político
- DNU 70/23: publicado a poco de asumir, desreguló la economía y derogó leyes clave como Abastecimiento, Góndolas, Compre Nacional y Alquileres.
- Ley de Tierras: limitaba la extranjerización al 15% y prohibía ventas en zonas estratégicas.
- Reacción social: el reclamo “La patria no se vende” frenó la reforma en el Senado, pero la Corte ahora habilita el avance por vía judicial.
La crítica del CECIM
El Centro de Excombatientes advirtió que la Corte “resolvió el problema político en que el gobierno se había metido” y denunció un razonamiento insólito: “Podemos morir en defensa de la soberanía, pero no acudir a un tribunal”. Para los supremos, la soberanía no es un bien jurídico colectivo. Cuando el traidor a la patria es mas de uno.
Implicancias
- Se habilita la extranjerización de tierras sin debate parlamentario.
- Se debilita el principio constitucional de soberanía sobre recursos naturales.
- Se consolida un patrón: la Corte evita pronunciarse sobre la constitucionalidad de los decretos de Milei, pero con fallos formales garantiza su vigencia.
El máximo tribunal no discutió la legalidad de fondo, pero con un tecnicismo allanó el camino para que el gobierno avance en la entrega de tierras. Una decisión que, más que jurídica, parece política: resolverle al Ejecutivo lo que no pudo conseguir en el Congreso. La inconstitucionalidad deberia ser dictaminada por las cámaras de legisladores.

