El diputado provincial y exconvencional constituyente Rodrigo Vera cuestionó con dureza la decisión de la Corte Suprema de asumir competencia en la causa que discute la cláusula transitoria de la nueva Constitución de Formosa y la posibilidad de una nueva candidatura de Gildo Insfrán en 2027.
Para Vera, la intervención del máximo tribunal tiene algo excepcional. Su argumento es que la Corte se está metiendo en una materia de derecho público provincial sobre la que, según sostuvo, nunca había avanzado de esa manera en sus 160 años de historia.
“En el fallo del 2024, la Corte asumió la competencia originaria para entender en esta materia de derecho público provincial o local, con algo que no había hecho nunca en sus 160 años de historia”, afirmó. Y agregó que en otras oportunidades llegaron al tribunal cuestiones similares en materia electoral, pero la Corte no intervino porque, según su interpretación, no era de su competencia.
Las tres “rarezas” que marca Vera
El legislador resumió su posición en tres puntos.
El primero es la competencia. Vera sostiene que la Corte decidió intervenir en una cuestión que corresponde a la autonomía provincial y que ese paso no tiene antecedentes equivalentes en la historia del tribunal.
El segundo tiene que ver con el sentido de esa intervención. Recordó los casos de San Juan y Tucumán, donde la Corte actuó frente a candidaturas cuestionadas y, según su lectura, lo hizo para proteger las respectivas constituciones provinciales. En Formosa, plantea exactamente lo contrario: considera que el tribunal interviene para cuestionar una disposición de la Constitución provincial.
“La única diferencia con Formosa, en este caso, es que no viene en defensa de la Constitución provincial sino a atacar de inconstitucionalidad lo que era en su momento el artículo 132”, sostuvo Vera.
El tercer punto es el criterio republicano utilizado para discutir las reelecciones. Para el diputado, allí aparece una confusión entre dos conceptos diferentes: periodicidad y alternancia.
Periodicidad no es alternancia
Vera sostiene que el sistema republicano exige que los cargos tengan una duración determinada, pero que eso no significa necesariamente que una misma persona no pueda volver a presentarse si obtiene nuevamente el respaldo electoral.
“Desde la creación de nuestra Constitución Nacional, en la división de poderes siempre se habló de periodicidad en los mandatos. Es decir, la duración en el cargo de dos, cuatro o seis años y se termina. Pudiendo continuar así si te siguen votando”, explicó.
Según su planteo, la oposición intenta reemplazar ese concepto de periodicidad por otro requisito, el de alternancia obligatoria.
“Ahora, la trampa que hace esta presentación judicial es decir que el requisito no es la periodicidad, sino la alternancia. Es decir, no tiene que estar Juan o el próximo tiene que ser Pedro, o directamente no puede ser Juan. Este requisito no lo tiene la Constitución en esos términos”, afirmó.
Vera incluso señaló que existen estados de Estados Unidos donde no hay límites para las reelecciones, como ejemplo de que periodicidad y alternancia no necesariamente significan lo mismo dentro de un sistema republicano.
Una discusión que va más allá de 2027
Para Vera, la discusión dejó de limitarse a una candidatura y pasó a involucrar la autonomía que tienen las provincias para organizar sus propias instituciones y establecer sus reglas electorales.
Si la Corte consolida este criterio, sostiene el legislador, también estará fijando un precedente sobre hasta dónde puede intervenir el máximo tribunal nacional en las constituciones provinciales.
Lo que se define es quién tiene la última palabra sobre las reglas políticas de Formosa, si la Convención Constituyente elegida por los formoseños o la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

