El STJ de Corrientes ratificó la responsabilidad penal de un productor
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes dejó firme la condena contra Ricardo Nicolás Prieto por la muerte de Nicolás Arévalo, de 4 años, y las graves lesiones sufridas por su prima Celeste Estévez, tras una fumigación con el insecticida alfaendosulfán en marzo de 2011, en la localidad de Lavalle. Con la decisión del máximo tribunal provincial, quedó confirmada la pena de tres años de prisión condicional por homicidio culposo y lesiones culposas.
La sentencia rechaza la apelación presentada por la defensa y ratifica el fallo dictado en 2020 por el Tribunal Penal de la Segunda Circunscripción de Goya. Según el pronunciamiento, los elementos de prueba reunidos durante el proceso brindaron “el grado de certeza necesaria” para establecer que el hecho estaba acreditado y que la culpabilidad del imputado quedó demostrada sin dudas.
El caso se remonta a marzo de 2011, en el paraje Puerto Viejo. De acuerdo con lo probado en el juicio, los niños se encontraban en las inmediaciones de una chacra cuando Nicolás cayó en una zanja con barro contaminado con alfaendosulfán, un organoclorado de alta toxicidad utilizado en tareas de fumigación. Al intentar auxiliarlo, Celeste también resultó expuesta al químico.
La investigación determinó que el producto estaba presente tanto en el barro como en el aire, debido a las derivas generadas durante la aplicación. El tribunal concluyó que Prieto actuó de manera negligente e imprudente, al permitir la fumigación con las cortinas de los tendaleros levantadas, lo que facilitó la propagación de los químicos por acción del viento hacia zonas donde había personas. La exposición provocó en el niño un edema agudo de pulmón que derivó en su muerte.
Quince años después del hecho, la resolución del STJ marca un cierre judicial y consolida un antecedente relevante en materia de responsabilidad penal por el uso indebido de agroquímicos. Organizaciones ambientales y familiares de víctimas consideran que el fallo fija un criterio claro sobre los deberes de cuidado exigibles en la aplicación de sustancias tóxicas en ámbitos rurales.
La decisión también se inscribe en un contexto de creciente debate científico y social sobre los impactos de los plaguicidas. El estudio europeo “Transición Sostenible de Protección Vegetal” (Sprint), realizado entre 2020 y 2025 en once países —incluida la Argentina— detectó presencia de pesticidas en aire, agua, suelos y muestras biológicas humanas, incluso en áreas donde no se aplican directamente. En el sudeste bonaerense, los muestreos hallaron glifosato en todas las personas analizadas, tanto en zonas rurales como urbanas, además de otros compuestos en suelos agrícolas.
Los investigadores concluyeron que los estándares actuales de control no resultan suficientes para evitar riesgos para la salud humana y el ambiente y recomendaron una reducción urgente del uso de plaguicidas.
Con la condena ya firme, el fallo del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes establece un precedente en la jurisprudencia provincial y deja sentado que la aplicación negligente de agroquímicos puede derivar en responsabilidad penal cuando se vulneran los deberes básicos de prevención y cuidado.
Fuente: Perfil

