La Justicia federal declaró la nulidad del “protocolo antipiquetes” (Resolución 943/2023) que fijaba el marco de actuación de las fuerzas federales ante cortes y manifestaciones en la vía pública. El fallo lo firmó este lunes 29 de diciembre el juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, tras un amparo impulsado por el CELS ( Centro de Estudios Legales y Sociales) .
Qué resolvió el juez y cuál fue el argumento central
Cormick concluyó que el Ministerio de Seguridad se excedió en sus atribuciones: con una simple resolución administrativa intentó regular cuestiones que rozan materia penal y procesal, y restringir derechos constitucionales sin una ley del Congreso que lo habilite. En esa línea, sostuvo que la administración no puede dictar normas que lesionen libertades básicas como la reunión, la expresión y el derecho a peticionar.
Uno de los puntos clave fue el uso de la “flagrancia” como excusa para la intervención inmediata: el protocolo partía de la idea de que un corte de calle equivalía a un delito flagrante y habilitaba un accionar rápido de la fuerza pública. El juez rechazó esa equivalencia automática y remarcó que decidir si corresponde dispersar una protesta (y con qué límites) es una decisión judicial, no del Ejecutivo ni de un jefe policial.
Inteligencia sobre manifestantes y falta de resguardo a grupos vulnerables
El fallo también cuestionó que el protocolo habilitara tareas de “inteligencia” sobre manifestantes (filmaciones, fotos, identificación y recolección de datos). Según el criterio del magistrado, ese esquema choca con la Ley de Inteligencia Nacional y puede funcionar como mecanismo de vigilancia o amedrentamiento sobre actividades lícitas.
Además, advirtió que el protocolo no establecía resguardos claros frente a la presencia de grupos vulnerables (niños, adultos mayores o personas con discapacidad), lo que agrava el riesgo de vulneración de derechos en escenarios de protesta masiva.
Qué puede pasar ahora: apelación y efectos en la calle
La sentencia exhorta al Ministerio de Seguridad a abstenerse de aplicar el protocolo y a adecuar su actuación al marco vigente del Código Procesal Penal. A la vez, el Gobierno ya anticipó que apelará ante instancias superiores, buscando revertir el fallo.
En lo político, Bullrich (hoy senadora nacional) salió a defender el protocolo y a cuestionar al juez, mientras organizaciones como el CELS celebraron la decisión como un límite a la discrecionalidad en el manejo de la protesta social.
Traducción al llano, sin romanticismo institucional: la pelea por quién decide el “orden” en la calle vuelve a tribunales. Y mientras se litiga, cada movilización grande en el país, también en el NEA, queda más atada al control judicial que a un manual ejecutivo de intervención rápida.

