El Gobierno avanza con un borrador de reforma laboral que ya circula entre despachos oficiales y cámaras empresarias y que cuenta con un rechazo frontal de la CGT. El texto propone cambios de fondo en la Ley de Contrato de Trabajo, nuevos esquemas de registración, vacaciones e indemnizaciones, reglas más duras para los paros en servicios esenciales y un régimen especial para plataformas de reparto, entre otros puntos.
Los ejes del borrador: qué cambia en la ley laboral
El borrador se discute dentro del Consejo de Mayo, el espacio donde el Gobierno sienta a empresas y sectores del sindicalismo, aunque la CGT prácticamente se corrió de la mesa y ya anticipó que va a resistir el proyecto. La iniciativa apunta a “modernizar” el andamiaje laboral y reescribe varios artículos de la Ley de Contrato de Trabajo, además de tocar regímenes especiales y procedimientos judiciales.
Una de las primeras definiciones es quiénes quedan dentro y fuera de la LCT. El proyecto detalla que la ley no alcanzará al empleo público, al trabajo agrario, al régimen de casas particulares, a ciertos vínculos comerciales regidos por el Código Civil y Comercial ni a servicios personales de transporte, reparto y mensajería por plataformas, que se regirán por normas específicas. También mantiene el principio de “norma más favorable para el trabajador”, pero lo acota a situaciones donde persista una duda “insuperable” aun después de analizar todo el caso.
El texto vuelve a ratificar la irrenunciabilidad de los derechos laborales y refuerza la necesidad de homologación judicial o administrativa para acuerdos conciliatorios, transacciones y mutuos acuerdos de desvinculación, que deberán pasar por un control formal más estricto.
Beneficios, jornada y despidos: cómo se reconfiguran los derechos
En materia de registración, el proyecto crea un sistema unificado bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Toda relación laboral debería inscribirse allí, y la falta de constancia jugaría a favor del trabajador en un eventual conflicto. Certificados y trámites se concentrarán en una plataforma digital, con impacto también en pymes, trabajo a domicilio y actividades agrarias, mediante reformas en sus leyes específicas.
La organización del trabajo también se flexibiliza: se habilita que el empleador modifique formas y modalidades de la prestación mientras no cause un perjuicio material o moral al trabajador, y se incorpora un capítulo de formación profesional que define la capacitación como un derecho básico vinculado a las necesidades del puesto. En vacaciones, se fija una ventana entre el 1 de octubre y el 30 de abril, se permite fraccionar en períodos no menores a siete días y se ordena reprogramar los días interrumpidos por enfermedad, con un esquema detallado para calcular la remuneración vacacional según tipo de salario.
Uno de los puntos más sensibles es el de los beneficios y la remuneración. El borrador amplía fuertemente el listado de beneficios sociales no remunerativos: incorpora prestaciones de salud, reintegros de guardería, ropa de trabajo, útiles escolares, suscripciones a gimnasios, gastos de sepelio y provisión de herramientas tecnológicas, entre otros. Nada de eso integra la base remunerativa ni genera aportes o contribuciones. También habilita componentes salariales “dinámicos” y temporales que no generan derecho adquirido, lo que genera ruido en el sindicalismo sobre el posible avance de esquemas de pago más volátiles.
En jornada y descansos, la propuesta incorpora la figura de “banco de horas” para que los convenios colectivos puedan establecer compensaciones y esquemas flexibles acordes a los ciclos productivos. El tiempo máximo de trabajo se mediría por promedios, manteniendo límites legales, pausas mínimas entre jornadas y un descanso semanal de al menos 35 horas consecutivas.
Para enfermedad y accidentes, el borrador plantea que el trabajador cobre durante la licencia una prestación no remunerativa equivalente al 80% del salario neto, con extensiones según antigüedad y cargas de familia. Se exige certificación médica con firma digital y se mantiene la facultad del empleador de controlar esos diagnósticos. Según el resultado, se definirá si el trabajador continúa en su puesto, es reubicado en tareas compatibles o se extingue la relación laboral con la indemnización que corresponda.
En la extinción del contrato, el esquema indemnizatorio fija un mes de salario por año de servicio, con tope de tres salarios promedio de convenio y un piso del 67% de la mejor remuneración. Para despidos discriminatorios se prevé un agravamiento que puede ir del 50% al 100%. Además, se abre la puerta para que los convenios colectivos reemplacen la indemnización tradicional por fondos de cese o seguros financiados por los empleadores, una idea que entusiasma a sectores empresarios y que la CGT ya señaló como “línea roja”.
Plataformas, servicios esenciales y profesiones reguladas
El borrador dedica un capítulo extenso a los servicios considerados esenciales. Propone reemplazar la regulación vigente por un esquema que obliga a garantizar un funcionamiento mínimo del 75% en esos sectores y del 50% en actividades “trascendentales”. La lista es amplia: salud, telecomunicaciones, energía, transporte, logística, bancos, comercio electrónico, educación, industria continua, puertos, aduanas y otros. También crea una Comisión de Garantías con poder para reclasificar actividades y fijar criterios en conflictos colectivos. Es uno de los núcleos de conflicto con el sindicalismo, que lo ve como un intento de acotar de hecho el derecho de huelga.
En paralelo, la reforma toca el universo profesional y la matrícula. El texto plantea que la matriculación deje de ser obligatoria y que el requisito para ejercer sea figurar en un Registro Federal de Egreso administrado por el Ministerio de Capital Humano. Ese registro serviría para acreditar la titulación de médicos, fonoaudiólogos, geólogos, traductores, musicoterapeutas, trabajadores sociales, economistas y otros perfiles que hoy dependen de colegios y consejos profesionales, lo que ya activó alertas en esas corporaciones.
Por último, el borrador establece un régimen especial para repartidores que trabajan a través de plataformas. Los define como “independientes”, con libertad para conectarse o desconectarse sin sanciones, y obliga a las empresas a brindar información clara sobre cada servicio, elementos de seguridad, capacitación y canales de reclamo. Los repartidores deberán inscribirse fiscalmente y operar con cuentas bancarias o virtuales, y se detallan reglas sobre responsabilidad por daños, trato digno y protección de datos.
Mientras el Gobierno busca cerrar un texto que pueda enviar al Congreso con respaldo empresario, la CGT ya avisa que está dispuesta a frenar la reforma en la calle y en el Parlamento. “Si no nos llaman, chocarán con la pared de siempre”, avisó uno de sus dirigentes tras una reunión con diputados sindicales. Lo que hoy es un borrador técnico ya empezó a perfilarse como el próximo gran conflicto político y social.

