“Hay días en los que pasamos hambre. A veces recién comemos a las cinco de la tarde y no lo volvemos a hacer hasta el día siguiente”. El testimonio de Magdalena “Lena” Martínez, una mujer Wichí con diabetes, forma parte del relevamiento que la Defensoría General Adjunta del Poder Judicial del Chaco realizó entre familias de Misión Nueva Pompeya y El Sauzalito, y confirma que la provisión de alimentos y agua es intermitente y claramente insuficiente.
La escena es conocida: una cautelar ordenada por la justicia para garantizar derechos básicos que, en los hechos, no llega a concretarse. En marzo pasado el juez Jorge Sinkovich hizo lugar a una medida cautelar que exige al gobierno provincial la provisión “continua, oportuna y adecuada” de agua potable y alimentos para las comunidades Wichí de varias localidades de El Impenetrable. Pese a eso, los relevamientos y denuncias registran que la asistencia se mantiene errática y limitada a ciertos parajes.
La Defensoría General Adjunta, a cargo de la denuncia, sostiene que la pobreza extrema de estas comunidades es en buena medida producto de la ausencia de políticas públicas efectivas por parte del Estado provincial. En diciembre de 2024 se presentó la acción de amparo que terminó en la cautelar; desde entonces la Justicia reclama medidas concretas y el seguimiento de su cumplimiento.

El Gobierno provincial de Leandro Zdero respondió presentando informes en los que enumera obras proyectadas, refuerzos sanitarios y la distribución de módulos alimentarios a través del programa “Ñachec”. Sin embargo, esos informes fueron calificados por la Defensoría como formales y no demostrativos de un cumplimiento material: los relatos desde el territorio y los análisis de los módulos señalan que, además de llegar con retrasos, las cajas no cubren las necesidades básicas por tiempo suficiente.
Ante lo que define como una “grave omisión” que afecta la vida y dignidad del pueblo Wichí, la Defensora Adjunta pidió que el juez intime al Ejecutivo a acreditar, de manera detallada, fechas, lugares, cantidades y frecuencias de entrega de agua y alimentos; y que, de persistir el incumplimiento, se apliquen multas diarias y progresivas a los responsables. El magistrado dio un plazo perentorio para que el gobierno de Zdero informe las acciones concretas realizadas.
La discusión pública del caso no debe convertirse en un ejercicio retórico: hablamos de familias con ocho o nueve hijos que viven en parajes alejados, niños y niñas que dependen de comedores escolares que durante el verano quedaron cerrados, y personas con enfermedades crónicas para las cuales la falta de acceso regular a alimentos y agua potable es un riesgo real para la vida. Las distancias, la discriminación histórica y la falta de infraestructura agravan un cuadro que ya era crítico.
Si la Justicia exige cumplimiento y el Estado dice que actúa, lo mínimo es que las pruebas en el expediente documenten acciones concretas —no proyectos— y que la provisión sea verificable en tiempo y forma en cada paraje. Multas, controles y auditorías son herramientas válidas; lo que no es admisible es que las medidas judiciales se queden en la letra mientras la gente sigue pasando hambre.
¿Y ahora? La pelota está en la cancha del Ejecutivo provincial, a cargo del gobernador Zdero: responder con hechos verificables, traducir planes en entregas constantes y accesibles, y garantizar que las poblaciones más aisladas no sigan siendo población invisible. Si el derecho a la alimentación se aplica solo en papel, la justicia tendrá que volver a intervenir, para que la comunidad no siga sufriendo las consecuencias.
Fuente: Bruno Martinez - Pagina 12

