La Justicia volvió a marcarle un límite al Poder Ejecutivo y dejó en evidencia una maniobra que roza la desobediencia institucional. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 ordenó al Gobierno nacional cumplir de manera inmediata con la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, una norma que el propio oficialismo intentó vaciar de contenido mediante un decreto.
La cautelar fue dictada tras un amparo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y obliga a aplicar los artículos que disponen la actualización salarial de docentes y no docentes, así como la recomposición de las becas estudiantiles. El juez Martín Cormick fue categórico: el Decreto 759/2025, firmado por Javier Milei, presenta rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”.
El fallo desnuda una contradicción difícil de justificar incluso desde la lógica libertaria. El Gobierno promulgó la ley, pero al mismo tiempo suspendió su ejecución con el argumento de la “falta de fondos”. Para el magistrado, ese atajo administrativo no resiste el más mínimo análisis constitucional, sobre todo después de que el Congreso ratificara la norma tras el veto presidencial. La insistencia legislativa, recordó Cormick, no admite una interpretación suspensiva: la ley debe cumplirse.
El juez también puso el foco en el daño concreto que genera la decisión oficial. El deterioro del salario universitario no es una hipótesis futura, sino un proceso en curso que vulnera derechos laborales protegidos por tratados internacionales y por la Constitución Nacional. La pérdida del poder adquisitivo, advirtió, afecta directamente a quienes sostienen el sistema universitario y termina impactando en el derecho a enseñar y aprender.
Frente a ese cuadro, el argumento fiscal del Gobierno quedó desarmado. El impacto presupuestario de la ley es, según la Oficina de Presupuesto del Congreso, de apenas el 0,23% del PBI. Para el juez, la no aplicación de la norma solo generaría un ahorro “poco significativo”, insuficiente para justificar la suspensión de derechos básicos.
Cormick fue más allá y cuestionó el fondo político de la decisión presidencial. Señaló que el decreto que congela la ley aparece, al menos en esta etapa inicial del proceso, en tensión directa con el principio de división de poderes. Traducido: el Ejecutivo no puede ignorar una ley vigente porque no coincide con su programa económico.
Aunque el fallo aclara que no adelanta opinión sobre la cuestión de fondo, el mensaje es claro. En su afán de ajustar a cualquier costo, el Gobierno avanzó sobre el sistema universitario, uno de los pilares históricos de la movilidad social y la producción de conocimiento en la Argentina. La Justicia, esta vez, le recordó que el recorte no puede hacerse por decreto cuando el Congreso ya habló.
La orden es concreta: cumplir la ley. Lo que queda por verse es si el Ejecutivo acata el fallo o insiste en una confrontación institucional que, lejos de ordenar las cuentas públicas, profundiza el conflicto y el deterioro de la educación superior.

