El fallo de la Corte Suprema que repuso el artículo del DNU 70/2023 y derogó la Ley de Tierras dejó expuesta la fragilidad institucional de la gestión de Javier Milei. Los jueces Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz evitaron pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto y se limitaron a declarar la falta de legitimación del Centro de Excombatientes de Malvinas. Con ese tecnicismo, habilitaron la extranjerización de tierras, un tema que el Senado había rechazado por presión social en defensa de la soberanía.
La contradicción oficial
El Gobierno buscó avanzar por decreto en lo que no pudo conseguir por ley. La estrategia de Milei y su ministro Federico Sturzenegger fue desarmar las normas de protección nacional y abrir el mercado de tierras a capitales extranjeros. La Corte, en lugar de frenar el abuso de facultades legislativas, resolvió con un fallo breve que deja vigente la decisión presidencial. El resultado es un aval judicial a una política que vulnera la soberanía y erosiona la división de poderes.
La habilitación del juicio político
El constitucionalista Eduardo Barcesat recordó que el artículo 99 inciso 3 de la Constitución prohíbe al Ejecutivo dictar disposiciones de carácter legislativo bajo pena de nulidad absoluta e insanable. Y el artículo 36 establece que quienes atenten contra el orden institucional son considerados “infames traidores a la patria”. En ese marco, la combinación de decretos que exceden las facultades presidenciales y un fallo que evita discutir la constitucionalidad habilita plenamente la posibilidad de iniciar un juicio político contra Milei, mas alla de los ya solicitados.
La oposición ya prepara una sesión especial en Diputados para debatir el DNU 70/2023. El Senado lo rechazó en marzo de 2024 y ahora la Cámara baja podría completar el proceso. El fallo de la Corte, lejos de cerrar la discusión, la reabre con más fuerza: muestra que el Ejecutivo gobierna por decreto y que el máximo tribunal se limita a acompañar.

