Por Leandro Bernardez, integrante de la Comisión de Jóvenes Abogados. DNI: 38.542.983
Por momentos, el debate jurídico argentino parece abandonar la prudencia institucional para transformarse en una prolongación sofisticada de la disputa política. Y probablemente uno de los ejemplos más paradigmáticos de esa tensión sea la figura de Daniel Sabsay.
Nadie puede negar la trayectoria académica de Sabsay, su formación constitucional ni su histórica presencia en el debate público argentino. Sería intelectualmente deshonesto desconocer que se trata de uno de los constitucionalistas más influyentes y visibles de las últimas décadas. Sin embargo, precisamente por esa centralidad pública, también corresponde analizar críticamente el modo en que ciertos sectores del constitucionalismo argentino han terminado asumiendo un rol crecientemente político-partidario bajo la apariencia de neutralidad técnica.
El reciente asesoramiento brindado al senador Francisco Paoltroni para impulsar un proyecto de intervención federal sobre la provincia de Formosa vuelve a colocar esa discusión en primer plano.
La cuestión no reside solamente en si jurídicamente puede debatirse una intervención federal, porque en democracia todo puede debatirse, sino en el estándar institucional con el que se invoca uno de los mecanismos más extremos previstos por nuestra Constitución Nacional.
La intervención federal no es un instrumento ordinario de control político. Constituye una herramienta excepcionalísima que implica la afectación directa de la autonomía provincial, del federalismo y, en definitiva, de la voluntad democrática expresada por el pueblo de una provincia. Precisamente por ello, el artículo 6 de la Constitución Nacional fue concebido históricamente bajo criterios de interpretación restrictiva.
Aquí aparece la primera gran crítica hacia Sabsay: el llamado “constitucionalismo selectivo”.
Desde hace años, distintos sectores doctrinarios y políticos señalan que determinadas figuras del constitucionalismo mediático argentino aplican una severidad extraordinaria frente a Gobiernos peronistas o kirchneristas, mientras relativizan o atenúan críticas cuando las medidas cuestionadas provienen de sectores liberales, conservadores o económicamente alineados con sus propias matrices ideológicas.
No se trata de una crítica menor. Durante años se utilizaron expresiones de extrema gravedad institucional frente a determinadas decisiones de Gobiernos nacionales y populares: “avasallamiento republicano”, “crisis institucional”, “riesgo autoritario”, “captura de poderes”.
Sin embargo, muchos observan que esa intensidad discursiva disminuyó notablemente frente a: el uso extensivo de DNU por gobiernos no peronistas, el endeudamiento externo por vía administrativa, designaciones judiciales controvertidas, prácticas de espionaje illegal o políticas de ajuste con severísimo impacto social.
La pregunta entonces resulta inevitable: ¿La defensa de la República puede depender del signo político del gobierno analizado? Porque si los principios constitucionales son verdaderamente principios, deberían aplicarse con igual rigor frente a cualquier administración.
Otra crítica importante que enfrenta Sabsay es la creciente mediatización del constitucionalismo argentino. Existe un fenómeno cada vez más evidente de “juristas de panel”, donde debates de enorme complejidad institucional terminan reducidos a consignas televisivas o posicionamientos políticos inmediatos. El problema no es participar en medios, lo cual es legítimo y hasta necesario, sino el riesgo de convertir el derecho constitucional en una herramienta de confrontación coyuntural.
También, se le cuestiona una visión excesivamente centralista y porteñocéntrica del federalismo argentino. Muchas provincias perciben que ciertos análisis académicos realizados desde Buenos Aires desconocen las complejidades históricas, sociales y políticas del interior del país, observando las dinámicas provinciales desde categorías abstractas que no siempre dialogan con la realidad federal concreta.
En ese contexto, impulsar una intervención federal sobre Formosa genera un impacto político e institucional enorme, porque la intervención federal no puede transformarse en: un mecanismo de disciplinamiento político, una herramienta de presión institucional, ni una vía indirecta para cuestionar resultados electorales que determinados sectores consideran inconvenientes.
La historia argentina es suficientemente elocuente respecto de los abusos cometidos mediante intervenciones federales utilizadas con finalidades partidarias.
Por eso,preocupa que hoy se naturalice discursivamente la idea de intervenir provincias a partir de valoraciones políticas o mediáticas. Si el estándar para intervenir una provincia se vuelve difuso, entonces el federalismo argentino queda peligrosamente debilitado.
Aquí emerge quizá la contradicción más profunda: muchos sectores liberales reivindican permanentemente la limitación del poder central y la autonomía local; sin embargo, cuando determinadas provincias son gobernadas por signos políticos adversos, aparecen discursos favorables a una expansión extraordinaria del poder federal.
Ese doble estándar es precisamente lo que numerosos críticos le reprochan a Daniel Sabsay y esa discusión excede largamente a una persona.
En realidad, interpela a todo un modelo de constitucionalismo que, bajo la bandera de la defensa republicana, corre el riesgo de transformarse en un actor político más dentro de la disputa partidaria argentina.
La República no puede defenderse selectivamente. El federalismo no puede invocarse sólo cuando conviene y, la Constitución no puede convertirse en un instrumento argumentativo condicionado por simpatías ideológicas, porque cuando los principios constitucionales dejan de aplicarse universalmente, dejan lentamente de ser principios para convertirse simplemente en herramientas de poder.
Fuente: AGENFOR.

