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marzo 6, 2026

Revés judicial para un genocida: revocan la libertad condicional de Horacio Losito

La Cámara Federal de Casación Penal revocó por mayoría la resolución que había otorgado la libertad condicional al ex coronel del Ejército Horacio Losito, condenado a prisión perpetua por su participación en la Masacre de Margarita Belén, un crimen de lesa humanidad ocurrido en el Chaco durante la última dictadura militar.

La decisión fue tomada el martes 1 de julio por la Sala II del máximo tribunal penal del país, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci. Por mayoría —con los votos de Slokar y Ledesma— se anuló la resolución del juez de ejecución penal Juan Manuel Iglesias, quien el 27 de diciembre de 2024 había otorgado el beneficio a Losito tras considerar cumplidos los dos tercios de la condena, al haber transcurrido 20 años en prisión.

La fiscalía federal apeló la medida, argumentando que el informe del Equipo Interdisciplinario que había sido tomado como fundamento fue interpretado de forma parcial. Señaló que Losito continúa negando la gravedad de sus actos, no asumió responsabilidad alguna, y no hubo una adecuada consideración de las opiniones de las víctimas y sus familiares. También se subrayó la necesidad de un análisis riguroso, tratándose de crímenes que afectan no solo a las víctimas directas sino a la sociedad y la comunidad internacional.

El juez Slokar, en su voto, expresó:

“No fueron analizadas y sopesadas las opiniones incorporadas, en la dimensión que provocan la revictimización, el dolor, la angustia de los familiares; con el otorgamiento de la libertad condicional a quien asesinó y en algunos casos incluso desapareció los cuerpos de sus seres queridos y que no ha demostrado ningún tipo de progreso en comprender la dimensión del daño provocado y de la sanción impuesta”.

Por su parte, la jueza Ledesma cuestionó la falta de un pronóstico claro de reinserción social:

“Losito consideró erróneamente catalogados como delitos de lesa humanidad los hechos por los que fue condenado, sin asumirse como responsable de los injustos penales reprochados. Relacionó su accionar contrario a la ley penal con el contexto histórico y social imperante, argumentando que se vio obligado a cumplir órdenes”.

Horacio Losito también fue parte de la Guerra de Malvinas. Como teniente primero de la Compañía de Comandos 602 participó del combate de Top Malo House en mayo de 1982, donde resultó herido. Fue condecorado con la medalla “Herido en combate”, recibió la distinción del Congreso Nacional y fue reivindicado por sectores militares como un “héroe de guerra”.

Esa trayectoria provocó controversias tras su condena por delitos de lesa humanidad. Algunas expresiones públicas de reconocimiento hacia su rol en Malvinas —incluso homenajes— fueron cuestionadas por organismos de derechos humanos, que señalaron que no se puede escindir su desempeño militar en un conflicto externo del papel que tuvo en la represión ilegal dentro del país. El caso plantea un dilema aún abierto sobre los límites de la memoria institucional y el lugar de los condenados por crímenes aberrantes en la narrativa oficial.

El fallo de Casación marca un punto de inflexión. Reafirma que, incluso frente a trayectorias militares condecoradas, la justicia debe mantener el principio de que los delitos de lesa humanidad no prescriben, no se negocian, y no se relativizan. La prisión perpetua es una sanción excepcional impuesta a crímenes atroces, y su cumplimiento efectivo es una obligación del Estado argentino.

En tiempos donde desde el propio gobierno se promueven discursos provocadores o directamente negacionistas, que buscan relativizar la historia reciente, decisiones como esta actúan como un ancla ética. Son un mensaje: la Justicia no puede ceder a presiones, ni disfrazar de reconciliación lo que sería una claudicación, los delitos de lesa humanidad no son materia de revisión oportunista, sino una deuda permanente con la memoria, la verdad y la justicia.